sábado, 10 de diciembre de 2016

sistema de proteccion

Principios y directrices del sistema de Seguridad Social

De acuerdo con los principios contenidos en el art. 41 de la Constitución Española, compete al poder político y a los agentes e interlocutores sociales la responsabilidad de garantizar en el futuro un sistema público de pensiones justo, equilibrado y solidario.
Ante ese mandato constitucional, el Estado queda comprometido al establecimiento de un sistema de protección de naturaleza pública y a la articulación de unos recursos económicos que hagan viable esa protección social de forma suficiente, si bien, la Constitución establece también que el nivel complementario de la protección social será libre, es decir, que podrá ser de carácter privado.
Por tanto el sistema español de Seguridad Social, para hacer realidad el principio constitucional antes reseñado, requiere una acción protectora de carácter público que garantice a todos los ciudadanos una protección suficiente ante situaciones de necesidad y unos recursos económicos estables y suficientes para financiar dicha acción protectora.



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